Zapala actualiza su normativa nocturna: habilitan pistas de baile y endurecen sanciones por incumplimientos

Por primera vez en casi dos décadas, Zapala actualizó su normativa sobre habilitación de locales nocturnos. El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad una modificación clave de la ordenanza 224/07 que permitirá a confiterías, bares, pubs y locales gastronómicos contar con pista de baile, aunque bajo condiciones estrictas y con un horario limitado. En paralelo, la nueva norma establece un fuerte incremento en las multas para quienes no respeten el horario de cierre.

La decisión fue adoptada en una sesión extraordinaria realizada el jueves pasado y responde, según se explicó en el recinto, a la necesidad de adecuar la legislación local a nuevas dinámicas sociales y comerciales, luego de 18 años de vigencia de la normativa anterior.

Con la modificación aprobada, los locales podrán habilitar pistas de baile desde la medianoche hasta las 4 de la madrugada. No se trata de una autorización automática: cada establecimiento deberá cumplir previamente con todos los requisitos previstos en la legislación vigente en materia de seguridad e higiene.

Entre las exigencias se encuentran la implementación de medidas para evitar la contaminación sonora y la propagación de ruidos molestos al vecindario, la presencia de personal de seguridad, el respeto estricto de la capacidad máxima habilitada, la prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años y la restricción del expendio de bebidas en vasos o envases de vidrio.

Desde el Concejo señalaron que esta adecuación normativa no es un caso aislado, sino que se inscribe en una tendencia que ya se aplicó en otras ciudades de la provincia. En Neuquén capital, por ejemplo, una medida similar rige desde 2022, con el objetivo de ordenar la actividad nocturna sin desatender las demandas del sector gastronómico y de entretenimiento.

Multas más severas y sanciones ejemplificadoras

La otra cara de la reforma es el endurecimiento del régimen sancionatorio. En la misma ordenanza —la 2214— se dispuso un aumento significativo en las multas para los locales nocturnos bailables que no respeten el horario de cierre, fijado a las 7 de la mañana.

En Zapala, las sanciones económicas se calculan en base al valor del VADECOZA, que actualmente asciende a 15.594,31 pesos. Con la nueva escala, una primera infracción implicará una multa de entre 100 y 250 VADECOZA, es decir, entre 1.559.431 y 3.898.577,50 pesos.

En caso de reincidencia, el monto se eleva considerablemente: las multas irán de 250 a 350 VADECOZA, equivalentes a entre 3.898.577,50 y 5.458.008,50 pesos, además de una clausura temporal que podrá extenderse hasta 90 días, según el criterio del Juzgado de Faltas.

Para quienes incurran en una segunda reincidencia, la sanción será aún más severa: multas de hasta 7.797.155 pesos y la revocatoria definitiva de la licencia comercial.

Con este paquete de medidas, Zapala busca ampliar las opciones de recreación nocturna, pero al mismo tiempo reforzar los controles y garantizar el cumplimiento de las normas. La actualización de la ordenanza marca un nuevo equilibrio entre habilitar más espacios de esparcimiento y exigir mayor responsabilidad a los actores del sector.

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